Leído en MarketingDirecto
El pasado 25 de mayo de 2011 venció
el plazo para transponer al ordenamiento jurídico la modificación de la
regulación sobre cookies. La modificación de la Directiva 2002/58/CE relativa
al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el
sector de las comunicaciones electrónicas establece un procedimiento de opt in
para poder utilizar cookies. En un artículo publicado por José María Baños, de
LeQuid, en OMExpo News se recoge lo que la Directiva establece: “los Estados
miembros velarán por que únicamente se permita el almacenamiento de
información, o la obtención de acceso a la información ya almacenada, en el
equipo terminal de un abonado o usuario, a condición de que dicho abonado o
usuario haya dado su consentimiento después de que se le haya facilitado
información clara y completa, en particular sobre los fines del tratamiento de
los datos, con arreglo a lo dispuesto en la Directiva 95/46/CE. Lo anterior no
impedirá el posible almacenamiento o acceso de índole técnica al solo fin de
efectuar la transmisión de una comunicación a través de una red de
comunicaciones electrónicas, o en la medida de lo estrictamente necesario a fin
de que el proveedor de un servicio de la sociedad de la información preste un
servicio expresamente solicitado por el abonado o el usuario”.
Por lo tanto, con carácter
general la Directiva exige haber obtenido el consentimiento informado de los
usuarios con carácter previo a la utilización de cookies de rastreo (sistema de
opt in). Sólo hay una excepción y es para aquellos sitios web en los que el
usuario se registre previamente y se utilicen cookies para poder prestar
correctamente el servicio solicitado por el usuario (estas cookies deberán
eliminarse al cerrar la sesión, por lo que entiendo que no estaríamos ante
cookies de rastreo). Mas información en MarketingDirecto
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